ULTIMA OPORTUNIDAD 01 DE MARZO DE 2011: Vence el último plazo otorgado para adherirse a la Regularización Catastral.
La nota a continuación se encuentra en la página de la Municipalidad con la siguiente dirección donde la pueden ver:
http://www.cordoba.gov.ar/cordobaciudad/principal2/default.asp?ir=48_11
Hasta 1º de marzo hay tiempo para presentar la Declaración Jurada de Mejoras y la Adhesión al Régimen de Regularización Catastral y de la Construcción puesto en marcha por la Ordenanza 11.686, programa que se encuentra a cargo de las direcciones de Catastro y de Obras Privadas y Uso del Suelo, dependientes de la Municipalidad de Córdoba,
Los alcances de la Ordenanza 11.686
Este régimen posibilita la regularización de construcciones sin planos, construcciones con infracciones y/o situaciones de viviendas consolidadas en un mismo lote sin subdividir, con el fin de que los propietarios puedan contar con los planos aprobados de su vivienda. También incluye a los vecinos que hayan construido otra unidad de vivienda, por ejemplo un departamento en planta alta y hasta ahora no habían podido subdividirlo en PH por no contar con Final de Obra. La regularización de estos casos posibilitará llegar a la escrituración individual.
Aquellos propietarios que no cuentan con planos aprobados del Final de Obra, pueden obtener el 80 por ciento de descuento sobre los Derechos de Edificación, al tiempo que acceden a rebajas sobre la actividad profesional a través convenios firmados con los colegios de: Arquitectos, Agrimensores, Maestros Mayores de Obras, Técnicos Constructores e Ingenieros Civiles. Adicionalmente, por las infracciones cometidas al Código de Edificación y las normas de Ocupación del Suelo, los contribuyentes abonarán aranceles diferenciales de acuerdo a la valuación de su propiedad.
Se trata de un período temporal que permite ordenar situaciones irregulares y otorga importantes descuentos a los vecinos, que en muchos casos construyeron su vivienda sin asesoramiento profesional, o que actualmente comparten el lote con otras propiedades del mismo grupo familiar, entre otros casos.
ORDENANZA DE REGULARIZACIN CATASTRAL Y DE LA CONSTRUCCIN
Ya se encuentra vigente la Ordenanza Nº 11686, que establece un régimen de excepción de regularización catastral y de la construcción.
Algunos de los ítems importantes:
* Infracciones al Código de edificación o uso del suelo hasta el 30 de Junio de 2009 podrán ser saneadas pagando una mínima multa otorgando final de obra para todos los casos (existen algunas excepciones)
* Subdivisiones de hecho de hasta 10 unidades de vivienda permanente que contengan infracciones podrán ser visadas como subdivisión simple, sin necesidad de recaer en la subdivisión bajo el régimen de la Ley Nacional Nº 13.512 (Propiedad Horizontal).
* Invasiones de la edificación de un inmueble sobre el colindante originada en deficiencias en la ejecución de la obra o en el replanteo de límites, o hasta invasiones recíprocas entre ambos inmuebles
*Existe desde el 02 de diciembre de 2009 un plazo de ciento veinte (120) días corridos para la presentación de la Declaración Jurada de Mejoras en el caso de edificaciones no registradas en el Catastro Municipal y un plazo de ciento ochenta (180) días corridos para el acogimiento al presente Régimen.
* Gozarán un descuento del ochenta por ciento (80 %) sobre la contribución que incide sobre la Construcción de Obras, salvo los casos que estarán exentos
* Se podrán aprobar en el marco del presente Régimen subdivisiones simples de parcelas que contengan hasta 3 (tres) unidades de vivienda funcionales, cuyas superficies cubiertas en promedio para cada una no excedan 120 m2, la superficie del terreno no sea mayor a 400 m2 y la valuación fiscal no supere los $ 300.000.
Formulario de adhesión (PDF)